El Estado español no ha realizado una sola ley específica sobre Personas Adultas sino que ha realizado una normativa específica sobre Educación de Adultos en el título III de la ley Orgánica General. Así pues, algunas comunidades autónomas ha realizado leyes específicas sobre dicha materia, aunque a veces estas leyes no satisfacen las demandas totalmente.
Las primeras Comunidades con competencias de Personas Adultas fueron: Galicia, País Vasco, Navarra, Cataluña, Valencia, Andalucía y Canarias. A Asturias, Castilla- León- La Mancha, Madrid, La Rioja, Aragón, Cantabria, Extremadura, Ceuta, Melilla, Baleares se les mantuvieron bajo la administración central.
Debemos recordar que los años setenta fueron bastante diferentes a años anteriores, estos años fueron años de bonanza en lugar de crisis o recortes económicos, lo que permitió que esto se desarrollara de más eficazmente.
Las leyes sobre Educación de Adultos en las Comunidades Autónomas españolas son las siguientes:
- Ley 1/95, 20 Enero de la Generalitat Valenciana, de Formación de Personas Adultas
- Ley 8/1992, 24 julio, de Galicia sobre educación y promoción de adultos.
- ley 3/1991, 18 marzo, de la Generalitat Cataluña, de formación de Adultos
- Ley 3/1990, 27 marzo, de la Comunidad de Andalucía, para la educación de Adultos
- Ley de 2002 de la Comunidad de Castilla y León.
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